Autor: cesionarios_admin

  • Este es el proyecto con el que se pide la prórroga del puerto: 4,1 millones, ni un euro para dragar y una cuarta parte para la piscifactoría

    ASOCIACIÓN DE CESIONARIOS DE AMARRES NÁUTICOS DEL PUERTO DE GUARDAMAR DEL SEGURA

    La Generalitat ha entregado a esta Asociación el expediente de la prórroga del puerto. Nadie lo había enseñado a los usuarios. Lo contamos entero, porque con él se quiere decidir el futuro del puerto durante quince años más.

    En un minuto

    • Se piden 15 años más, hasta 2041. El proyecto lo encargó Marina de las Dunas y está firmado el 30 de junio de 2026, tres días antes de pedir la prórroga.
    • Para conseguirlo, la ley exige invertir más del 20 % del valor actualizado de la inversión inicial. El proyecto propone 4,14 millones de euros en 25 partidas.
    • Ninguna de las 25 partidas es para dragar. El calado, el problema que tenemos todos, no está en el proyecto, y eso que se pretende un puerto para barcos más grandes.
    • Un tercio, 1,37 millones, es reparar lo que se ha deteriorado: el propio proyecto habla de argollas rotas por corrosión, colectores con fisuras, una torre de control cerrada por su «estado lamentable» y un sistema de renovación del agua que dejó de funcionar al poco de construirse.
    • La partida más grande, 1,07 millones (el 26 %), es equipamiento industrial de una empresa privada, Alevines de Guardamar, S.L.: filtros, un pozo, placas solares, generadores de oxígeno y biofiltros para su piscifactoría.
    • Desaparecen todos los amarres de 6 metros y los de 7 y 8 metros pasan de 294 a 162. A cambio, más amarres grandes, para barcos de hasta 18 metros, en un puerto por el que ya hoy no se puede salir con normalidad.
    • No aparecen los cesionarios ni el derecho de uso preferente: ni una vez en 294 páginas.
    • La memoria de tarifas que el Ayuntamiento comunicó a la Generalitat en julio pedía 4,82 € IVA incluido. Hoy, sin que el título habilitante haya aparecido, se nos factura 4,82 € más IVA.

    Si usted es usuario de este puerto

    Este proyecto decide qué se invierte, qué amarres habrá y para qué barcos, durante quince años. Léalo (al final le decimos cómo) y, si ve algo que le afecte, escríbanos. Cuando la Generalitat abra la información pública, la Asociación alegará, y cuantos más datos concretos tengamos, mejor.


    1. Qué es el proyecto y quién lo pide

    Un proyecto básico de 294 páginas, encargado por Marina de las Dunas, para justificar quince años más de concesión con una inversión superior al 20 % que exige la ley.

    El detalle. Es el «Proyecto básico de las obras de mejora y adecuación del Puerto Deportivo Marina de las Dunas», de 30 de junio de 2026, firmado por un ingeniero de caminos, canales y puertos. El propio documento explica que se redacta «por encargo de la mercantil Marina de las Dunas, S.A., como gestor del concesionario, que es el Ayuntamiento», para «ampliar el plazo concesional gracias a la realización de nuevas obras». Es el proyecto de la solicitud de prórroga que la Dirección General tiene en su expediente.

    Qué pide: «prorrogar la concesión 15 años más». En una página dice hasta el 3 de julio de 2041; en otra, hasta el 30 de julio de 2041.

    Con qué base legal. El propio proyecto reconoce que el título de 1996 no preveía la prórroga («como es el caso»). Por eso acude al artículo 32.3.b) de la Ley de Puertos de la Generalitat: se puede prorrogar si el concesionario hace una inversión relevante no prevista, que mejore la seguridad, la operatividad, la eficiencia o la calidad ambiental del puerto, y que supere el 20 % del valor actualizado de la inversión inicial. El proyecto fija ese valor en 11,5 millones de euros. El umbral, por tanto, está en unos 2,3 millones.


    2. En qué se gastarían los 4,14 millones

    Veinticinco partidas. La primera es la piscifactoría. Le siguen la marina seca, la renovación del agua de la dársena, el pavimento y la electricidad.

    El detalle. Presupuesto de ejecución material (sin IVA ni gastos generales), tal como figura en el proyecto, ordenado de mayor a menor:

    Partida Importe
    Reforma integral de la planta de alevines (piscifactoría privada) 1.072.705,00 €
    Marina seca en la nave existente 445.200,00 €
    Renovación del agua de la dársena 396.489,13 €
    Mejora de pavimentaciones 316.546,81 €
    Instalaciones eléctricas y torretas 291.958,50 €
    Imprevistos 285.000,00 €
    Casetas de pertrechos 215.969,40 €
    Nuevo tren de fondeo 170.834,36 €
    Barrera antiflotantes para avenidas 134.926,88 €
    Reforma y ampliación de oficinas 128.243,80 €
    Gestión de residuos 100.000,00 €
    Mejora de la seguridad 95.892,53 €
    Red de agua residual 94.250,00 €
    Reforma de aseos y locales 86.280,13 €
    Grúa nueva 85.000,00 €
    Seguridad y salud 60.000,00 €
    Refuerzo del cantil y talud de la dársena 46.254,25 €
    Rehabilitación de la torre de control 32.691,44 €
    Rehabilitación de la rampa de varada 25.000,00 €
    Reforma de la estación de carburante 19.698,39 €
    Punto limpio 12.708,29 €
    Mobiliario urbano 9.879,32 €
    Sistemas de gestión 5.090,00 €
    Agua potable 4.561,70 €
    Cuadros eléctricos 4.335,00 €
    Total 4.139.514,93 €

    Un matiz que importa: el propio proyecto titula su cuadro resumen «posibles actividades previstas pendientes de concluir tras el estudio de las tasas». Posibles actividades, no compromisos cerrados.


    3. Un tercio es arreglar lo que no se ha mantenido

    Más de 1,37 millones del proyecto son mantenimiento ordinario de lo que se ha ido deteriorando, presentado como inversión. Son obligaciones del concesionario, y las acabaría pagando otro.

    El detalle. Con las palabras del documento:

    • Tren de fondeo (170.834,36 €): «desde hace un tiempo, se viene observando que las argollas se rompen por desgaste o corrosión, con el consiguiente riesgo al perder el amarre».
    • Renovación del agua de la dársena (396.489,13 €): el sistema del proyecto original «solo funcionó por poco tiempo, ya que un temporal de Levante rompió el colector exterior y la aterró». En verano el agua de la dársena se calienta y proliferan algas y caracolillo.
    • Pavimentaciones (316.546,81 €): un «hundimiento existente en la actualidad», «roderas» en el vial de acceso y un paseo de ribera que «se encuentra deteriorado».
    • Instalaciones eléctricas (291.958,50 €): tras revisarlas, «hay elementos de dichas redes que es preciso reemplazar».
    • Red de agua residual (94.250,00 €): la conducción tiene «numerosas fisuras y defectos en las juntas que han dejado de ser estancas».
    • Cantil y talud de la dársena (46.254,25 €): «roturas» en el muelle de espera y «deslizamiento del talud» tras las avenidas.
    • Torre de control (32.691,44 €): «se encuentra en un estado lamentable, debido a la corrosión de las armaduras, tal es así que no se utiliza, se mantiene el acceso totalmente prohibido».
    • Rampa de varada (25.000,00 €): «con el tiempo se ha ido deteriorando».

    En total, 1.374.024,49 €, un 33 % del proyecto. Es mantenimiento ordinario que no se ha hecho estos años, mientras se cobraban las cuotas de mantenimiento. Y ahora se presenta como «inversión» para conseguir quince años más.

    Y conservar no es una opción: es una obligación del título. La condición 10.ª de la concesión de 1996, que el propio proyecto reproduce en su anexo, dice: «El concesionario queda obligado a conservar las obras y terrenos concedidos en perfecto estado de utilización […] realizando, a su cargo, las reparaciones ordinarias y extraordinarias que sean precisas». Y añade que, si no lo hace, la Administración puede ordenarlas, sancionar con hasta el 25 % del presupuesto de las obras y, en última instancia, declarar la caducidad de la concesión. Marina de las Dunas se constituyó precisamente para eso: sus estatutos fijan como objeto social la «gestión, explotación y administración» del puerto. Es el mismo patrón que con el dragado: una obligación propia que se presenta como mejora, y que acaba pagando otro.


    4. Lo que no está: ni un euro para dragar

    El problema que tienen todos los usuarios del puerto es el calado. En las 25 partidas no hay ninguna de dragado.

    El detalle. Ninguna partida del presupuesto es de dragado ni de mantenimiento del calado. La palabra solo aparece en el anexo que reproduce el título de 1996. El proyecto sí describe el canal de acceso a la dársena como de «45 m», y propone mantenerlo así. El informe técnico encargado por esta Asociación midió, en la gola del Segura, un paso útil de apenas 3 metros y profundidades de entre 1,30 y 1,60 metros.

    Y el mantenimiento del calado no es opcional. En el mismo expediente que nos ha entregado la Generalitat está el acta de reconocimiento final de las obras, de 12 de abril de 2000, firmada por la Generalitat, por Costas y por el propio Ayuntamiento como concesionario. Dice, literal: «Estos calados deberán ser mantenidos por el concesionario durante todo el periodo concesional».

    Un proyecto que pide quince años más y no dedica un euro a la obligación que más afecta a los usuarios se deja fuera lo esencial.


    5. Una cuarta parte, para el equipamiento industrial de una empresa privada

    La partida más grande del proyecto, 1.072.705 euros, es la reforma integral de la planta de Alevines de Guardamar, S.L. No mejora ni un solo amarre.

    El detalle. La partida 20, «Reforma integral Alevines», supone el 26 % de toda la inversión con la que se justifica la prórroga del puerto. El proyecto enumera en qué consiste:

    • un nuevo módulo de filtración de agua bruta;
    • placas fotovoltaicas (112 paneles);
    • un módulo complementario de tratamiento del agua de la captación;
    • un módulo compacto de reutilización del agua de cultivo;
    • un nuevo pozo para suministro de agua de mar;
    • generadores de oxígeno;
    • un biofiltro.

    Es el equipamiento productivo de una sociedad limitada privada que cría alevines de dorada y lubina para las jaulas de engorde. No mejora un amarre, un pantalán ni un metro de calado.

    Y no es una reforma cualquiera. Es la misma que la Generalitat autorizó en julio, cofinanciada con fondos europeos, apoyándose en dos documentos: una comunicación de Marina de las Dunas de 25 de mayo sobre una «prórroga del contrato de ocupación en las mismas condiciones», y un oficio del Ayuntamiento de 26 de junio según el cual la reforma «no afecta al alcance de la licencia ambiental en vigor». La gestora y el Ayuntamiento la respaldaron ante la Generalitat, y ahora la gestora la cuenta como inversión del puerto.

    Piénselo

    Si está pensando en hacerse con un amarre en este puerto, mire de qué se compone la «inversión» con la que se pide la prórroga: una cuarta parte es equipamiento industrial de una empresa privada y un tercio es arreglar lo que no se ha mantenido. ¿Y quién la paga? En la reunión pública del 8 de julio, preguntado por ello, el concejal de Empresas Públicas respondió: «habrá una ampliación de capital por parte del Ayuntamiento a Marina de las Dunas, y luego habrá que pedir una financiación ajena avalada por el Ayuntamiento». Dinero público y un préstamo que habrá que devolver con lo que se cobre en el puerto: con lo que paguemos los usuarios. El propio concejal añadió que ese dato «viene dentro del proyecto económico-financiero»: es el estudio de viabilidad que no se ha entregado, y el que diría cuánto repercutirá en lo que usted pague por su amarre. Antes de comprometer su dinero, pregunte.


    6. Menos amarres, más grandes, y empresas que no saben si se quedan

    De 490 a 467 amarres. Desaparecen los pequeños y aparecen barcos de hasta 18 metros, que no sabemos cómo entrarán sin calado. Sin una palabra sobre quién tiene hoy cada amarre.

    El detalle. Según el proyecto, el puerto tiene hoy 490 amarres y 13.245,50 m², y propone pasar a 467 amarres y 15.446,25 m². Reduce el pasillo de maniobra entre pantalanes y sube la eslora máxima de 15 a 18 metros. Comparando su propia tabla, amarre por amarre:

    Eslora Hoy Con el proyecto
    6 m 39 0
    7 m 154 113
    8 m 140 49
    9 m 42 163
    10 m 75 34
    12 m 32 90
    15 m 8 13
    18 m 0 5
    Total 490 467

    Los amarres de hasta 8 metros pasan de 333 a 162: 171 menos. Si hoy no se puede salir con normalidad ni con barcos de menos de 15 metros, cuesta ver cómo se hará con barcos de 18 sin dragar.

    Además:

    • El proyecto no menciona ni una sola vez el derecho de uso preferente de los cesionarios, ni qué pasaría con los amarres que desaparecen o cambian de tamaño.
    • Las cifras no coinciden entre documentos del mismo gestor: la memoria de tarifas, del mismo mes, cuenta 494 amarres y 13.852,25 m².
    • El plano oficial de reconocimiento de las obras del año 2000 reservaba 113 amarres de uso público, que debían ser «siempre los mismos».

    Si su barco es pequeño, esto va con usted

    Si su barco mide 8 metros o menos, es a quien más afecta el proyecto. Los amarres de 6 metros desaparecen todos, y entre los de 7 y 8 metros se pierden 132. Con el proyecto, por cada dos barcos pequeños que hoy tienen sitio quedaría menos de uno. Y si su amarre desaparece y le ofrecen uno mayor, pagará por metros que su barco no usa: la cuota y, si se vuelven a vender, el derecho de uso.

    Lo que espera a quien quiera seguir

    Quien quiera conservar su amarre tendrá que pagar dos cosas: la cuota de cada mes y, si se vuelven a vender los derechos de uso, el precio del suyo.

    La cuota ya la conocemos. Es la tarifa que se aplica hoy, 4,82 € por metro cuadrado al mes más IVA, y se paga por la superficie del amarre, no por la del barco:

    Amarre (eslora × manga) €/mes con IVA €/año con IVA
    7 × 2,50 m 102 € 1.225 €
    8 × 3,00 m 140 € 1.680 €
    9 × 3,50 m 184 € 2.205 €
    10 × 4,00 m 233 € 2.800 €
    12 × 4,00 m 280 € 3.360 €
    18 × 6,00 m 630 € 7.561 €

    El precio del derecho, en cambio, nadie lo ha dicho. Debería estar en el estudio de viabilidad, que no se ha entregado. Para hacerse una idea, hemos echado una cuenta con los datos del propio proyecto. Supongamos que los 4,14 millones de inversión que presenta a cargo del concesionario se recuperasen vendiendo derechos sobre la mitad de la superficie de amarres, como anunció la gestora en julio. Saldrían unos 540 € por metro cuadrado, sin IVA ni costes de financiación:

    Amarre (eslora × manga) Derecho de uso (estimación)
    7 × 2,50 m unos 9.400 €
    8 × 3,00 m unos 12.900 €
    9 × 3,50 m unos 16.900 €
    10 × 4,00 m unos 21.400 €
    12 × 4,00 m unos 25.700 €
    18 × 6,00 m unos 57.900 €

    Ese cálculo incluye la reforma de la piscifactoría, porque el proyecto la cuenta como inversión del puerto. Nadie ha aclarado si la pagará su propietaria con la ayuda europea o si se repercutirá en quienes compren amarre; si la paga Alevines, el precio bajaría a unos 400 € por metro cuadrado. Es solo una estimación nuestra: la cifra real puede ser mayor o menor, según cómo se financie la obra y qué parte se pague con las cuotas. Pero sirve para situarse. Y recuerde que estos precios son estimados y por un derecho de uso preferente de solo 15 años: el que durase la prórroga. El derecho que muchos compraron en su día era por los 30 años de la concesión.

    Un ejemplo: un barco de 7 metros que pase a un amarre de 9 pagaría un 80 % más de cuota (de unos 1.225 € a unos 2.205 € al año) y casi el doble por el derecho. Antes de comprometer su dinero, pida la cifra por escrito, y pregunte quién paga la reforma de la piscifactoría.

    Y desde aquí rogamos a Marina de las Dunas que despeje las dudas y diga públicamente qué cantidades pretende cobrar por los derechos de uso preferente de 15 años. Si nuestra estimación está equivocada, lo mejor es que lo diga con su cifra.

    Y empresas del puerto a las que ni se nombra

    La nueva marina seca, con 72 plazas en estanterías de tres alturas para barcos de hasta 6 metros, se instalaría «en el interior de la nave existente». El proyecto no prevé ninguna nave nueva, y en el plano oficial del puerto solo hay una.

    En el puerto tienen su sede y su actividad empresas grandes, radicadas en Guardamar y con muchos trabajadores. El proyecto no las nombra ni una vez, y no dice si tendrán que abandonar sus instalaciones. Mientras, la reforma de la planta de una empresa privada entra en el proyecto con 1,07 millones.


    7. Lo que falta en el expediente

    El proyecto se remite a documentos que no se han entregado.

    El detalle. El proyecto básico dice que la justificación económica está «en un documento independiente», el estudio de viabilidad, que no se ha entregado. Tampoco el proyecto de explotación, que la propia Dirección General dio por existente el 13 de octubre: es el documento que tendría que decir cómo se gestionaría el puerto y con qué tarifas. Esta Asociación los va a reclamar.

    Además, el expediente de la autorización temporal, que es lo que tendría que amparar hoy la explotación, sigue sin resolver. Contiene dos cosas que todo usuario debería conocer:

    • El informe técnico de la propia Generalitat (18 de septiembre) dice que se explota el puerto «en precario» porque «carece de título administrativo habilitante», y que las tarifas de una autorización temporal «deben servir para cubrir los gastos de explotación, dado que tras la finalización del plazo concesional ya han quedado amortizados los bienes».
    • El IVA. La memoria de tarifas que acompañó a la solicitud, en julio, decía: «Todas las tarifas incluyen IVA» y proponía «4,82 euros por metro cuadrado de superficie usada al mes incluyendo IVA». La versión revisada de finales de agosto quitó esa mención. Las facturas que recibimos cobran 4,82 € más el 21 % de IVA: 5,83 € por metro cuadrado y mes.

    8. Y la reforma de la piscifactoría, suspendida a petición de esta Asociación

    Lo pedimos el 4 de septiembre en el recurso de alzada. El 8 de octubre, el Secretario Autonómico de Pesca lo concedió: la reforma que se lleva una cuarta parte del proyecto de prórroga queda parada mientras se revisa si había título para ocupar los terrenos.

    El detalle. Esta Asociación recurrió en alzada la autorización de 6 de julio y pidió que se suspendiera mientras tanto. La resolución de 8 de octubre de 2026 nos da la razón en la suspensión y considera «controvertidas», entre otras cuestiones:

    • «la vigencia y suficiencia del título habilitante para la ocupación de los terrenos» y «la acreditación de la disponibilidad jurídica de los terrenos afectados»;
    • si era correcto tramitarla como «modificación no sustancial»;
    • la posible necesidad de informes sectoriales y ambientales adicionales;
    • y la omisión del trámite de audiencia.

    Qué se suspende y qué no. Se suspende la reforma, no la actividad: la piscifactoría sigue funcionando. No es una medida contra la empresa ni contra sus trabajadores.

    Lo que queda. El recurso de alzada todavía no está resuelto; la Administración tiene hasta principios de diciembre. Y los dos documentos en que se apoyó la autorización —la comunicación de Marina de las Dunas de 25 de mayo y el oficio del Ayuntamiento de 26 de junio— siguen sin entregársenos. La reclamación está admitida a trámite por el Consell Valencià de Transparència desde el 14 de octubre.

    Esto lo ha conseguido la Asociación, con el trabajo de su Junta y el respaldo de cada socio que ha pagado su cuota.

    Lo que esto supone para su bolsillo. La reforma de la piscifactoría es la partida más grande del proyecto: 1.072.705 €, el 26 % de la inversión con la que se pide la prórroga. Mientras esté en el proyecto, cuenta como inversión del puerto, y lo que se invierte en el puerto se recupera con lo que pagan sus usuarios. Con la cuenta del apartado 6, esa partida sola supone unos 140 € por metro cuadrado en el precio del derecho de uso: unos 2.400 € en un amarre de 7 × 2,50; unos 3.300 € en uno de 8 × 3; unos 5.600 € en uno de 10 × 4. Y lo mismo vale para las cuotas: cuanto mayor sea la inversión que haya que devolver, más alta la cuota de cada mes. Que esa reforma salga del proyecto de prórroga significa amarres más baratos para todos.

    Para eso existe esta Asociación: sin una asociación de usuarios con capacidad para recurrir, esa reforma seguiría adelante y la pagaríamos nosotros. Ahora toca lo siguiente: que no se cuente como inversión de un puerto deportivo lo que no lo es.


    Lo que pedimos

    Que el futuro del puerto se decida con el proyecto a la vista de todos. Con el dragado dentro, con los cesionarios dentro, con la información pública que exige la ley y con unas tarifas que cubran costes, no inversiones ya amortizadas.

    La documentación, a disposición de quien la pida. Esta Asociación pone el proyecto y el expediente completos a disposición de grupos políticos, asociaciones, medios de comunicación y cualquier persona interesada. Basta con escribir a info@cesionariosguardamar.org.

    Seguiremos informando.


    Fuentes: expediente entregado por la Dirección General de Costas, Puertos y Aeropuertos el 14 de octubre de 2026 en ejercicio del derecho de acceso (expte. GVAGIP/2026/519): «Proyecto básico de las obras de mejora y adecuación del Puerto Deportivo Marina de las Dunas» (30/06/2026; págs. 5-36 y anexo 1, título concesional de 3/07/1996, condición 10.ª); expediente de autorización temporal 11A26012 (solicitud y memoria de tarifas de 28/07/2026, memoria revisada, acuerdo de admisión de 14/09/2026 e informe técnico de 18/09/2026); acta de reconocimiento final de las obras de 12/04/2000 y plano de reconocimiento. Resolución de la Dirección General de Pesca de 6 de julio de 2026 (DOGV núm. 10423, de 6 de agosto). Resolución del Secretario Autonómico de Agricultura, Agua, Ganadería y Pesca de 8 de octubre de 2026 (verificable en tramita.gva.es con el código 4N2SYQUP:HDM1IPQP:BRLL78IA). Ley 2/2014, de Puertos de la Generalitat, art. 32 (texto consolidado). Estatutos de Marina de las Dunas, S.A. (Registro Mercantil de Alicante, hoja A-28999), art. 2. Tarifas de amarre: acuerdo del Consejo de Administración de Marina de las Dunas de 28/05/2026. Reunión informativa pública de 8 de julio de 2026 en el Salón de Plenos (grabación, minutos 35:44 a 36:04).

    Asociación de Cesionarios de Amarres Náuticos del Puerto de Guardamar del Segura NIF G-54588488 · Registro Autonómico de Asociaciones CV-01-049160-A · REGIA nº 2275 info@cesionariosguardamar.org

    Guardamar del Segura, 18 de octubre de 2026

    📄 Descargar este comunicado en PDF

  • Nos piden tranquilidad mientras anuncian que pueden cortarnos el agua y la luz

    Asociación de Cesionarios de Amarres Náuticos del Puerto de Guardamar del Segura


    Marina de las Dunas ha escrito a los usuarios del puerto pidiendo «absoluta tranquilidad». En la misma carta anuncia que puede suspendernos los suministros, que puede emprender acciones legales contra quien no pague, y sostiene que cobra por instalaciones «plenamente operativas».

    Esta es nuestra respuesta, punto por punto. Cada titular se entiende por sí solo; debajo de cada uno están los datos para quien quiera comprobarlo.

    En un minuto

    • No se puede salir del puerto con normalidad, y ellos mismos lo han reconocido por escrito.
    • Nos cobraban 2,70 €/m² y la sociedad tenía beneficios. Ahora pretenden 4,82 €: un 78,5 % más.
    • No existe ningún acuerdo entre esta Asociación y Marina de las Dunas, diga quien lo diga.
    • Ningún corte de agua o luz es legal sin autorización previa de la Administración portuaria.
    • Si le reclaman, pida el desglose por escrito y guarde la respuesta. Y avísenos.

    Si usted es usuario de este puerto

    Si ha recibido una liquidación y no entiende qué se le cobra, pida el desglose por escrito y guarde la respuesta. Si le anuncian un corte de suministro, pida por escrito la autorización previa de la Administración portuaria en que se amparan, y avísenos el mismo día. Si le dicen que hay un acuerdo con la Asociación, pídalo por escrito: no existe.


    1. No se puede salir del puerto, y ellos lo saben

    Cobran por unas instalaciones «plenamente operativas» por las que buena parte de la flota no puede navegar. No es una queja de los usuarios: lo ha medido un ingeniero con ecosonda, y lo han reconocido ellos por escrito dos veces.

    El detalle. Un barco no navega con el agua justa: entre la quilla y el fondo tiene que quedar un margen de seguridad. Un barco que cala 1,50 metros no puede salir por un canal de 1,50 metros.

    Esta Asociación encargó un informe técnico a un ingeniero de obras públicas colegiado, que inspeccionó el puerto con ecosonda. Sus conclusiones preliminares:

    • El puerto oferta amarres de hasta 15 metros de eslora y 4,85 de manga. Para un barco así, la norma de Puertos del Estado —la ROM 3.1-99— exige un canal de 18,43 metros de anchura navegable. En la Gola del Segura hay un tramo de apenas 3 metros reales: un déficit del 84 %. El paso útil es más estrecho que la manga del barco que te venden que puedes amarrar.
    • Los perfiles de ecosonda dan profundidades que saltan entre 1,30 y 1,60 metros, de forma muy desigual. También en la zona recién dragada por la Conselleria, la que su propia nota invoca: ese dragado ha resultado insuficiente.

    Y ellos ya lo habían admitido. El 18 de agosto, por correo a un usuario: «de momento no disponemos de calado suficiente para que pueda navegar sin problemas por el canal». Y en la nota del 28 de septiembre: «nos encontramos con un límite de calado».

    Cuesta sostener que se cobra por instalaciones plenamente operativas cuando quien cobra reconoce que no se puede entrar ni salir con normalidad.


    2. Una gestora portuaria que se declara no responsable del balizamiento de su propio canal

    Su reglamento interno les exime del «balizamiento fuera de lugar». Mientras tanto, en la misma nota, cobran por marinería y por seguridad.

    El detalle. Que esa exención aparezca escrita en su reglamento dice bastante de la frecuencia con que ocurre. Pero conviene detenerse en lo que significa: si una noche las luces no funcionan, o una baliza está donde no debe, y una embarcación colisiona con la escollera, eso —según ellos— no va con ellos.

    Esa exención se la han escrito ellos mismos, en un reglamento de régimen interno. La ley dice otra cosa: el artículo 45.9 de la Ley 2/2014 exige que el título de toda ocupación de espacios de agua contenga «el balizamiento que deba establecerse». Es una obligación del título, no una opción del gestor. Y una cláusula que exime de responsabilidad a quien redacta el reglamento, frente a usuarios que son consumidores, tiene un nombre en la legislación de consumo: abusiva.


    3. Exentos del arenamiento y arreglándolo, a la vez

    Dicen estar «expresamente exentos de responsabilidad» por el arenamiento. Dos líneas después anuncian que ellos restablecerán el calado. O una cosa, o la otra.

    El detalle. El título concesional, que es la norma que manda, establece en su Prescripción H que el coste de los dragados, durante la construcción y los futuros, corre a cargo del peticionario. No de los usuarios. El reglamento interno que invocan para repercutirnos esas derramas lo redactan ellos y es de rango inferior al título: no puede contradecirlo.

    Y hay algo que no pueden alegar desconocer. La Sentencia 139/2022 del Juzgado de Primera Instancia nº 18 de Madrid, dictada en un pleito de este mismo puerto en el que MADUSA fue parte, declaró que el mantenimiento del acceso y salida de embarcaciones es obligación del gestor, y redujo a la mitad la deuda de un cesionario por deficiencia del servicio. Es anterior a todas las derramas giradas.

    Esta Asociación ya ha iniciado la reclamación de esas derramas para todos sus asociados.


    4. Pudieron pedir la prórroga desde 2019. La pidieron veintisiete días antes del final

    La concesión vencía el 30 de julio de 2026 y eso se sabía desde 1996. La solicitud entró el 3 de julio. Nadie ha explicado por qué.

    El detalle.

    • Desde enero de 2019 la prórroga de quince años era legalmente posible.
    • En octubre de 2023 el Consejo de Administración decidió ir a la renovación. Lo contó el concejal responsable en el pleno de 7 de febrero de 2025 (minuto 01:17:56, canal de YouTube del Ayuntamiento).
    • En el pleno de 6 de febrero de 2026 (minuto 02:02:41), el mismo concejal explicó que el anteproyecto ya estaba presentado, que «parece que les gustó bastante a los técnicos» y que en unos dos meses presentarían lo que faltaba «para llegar a tiempo».
    • La solicitud entró el 3 de julio de 2026. Lo dice el propio Ayuntamiento en oficio de 1 de septiembre de 2026.

    Así piden la prórroga los demás puertos de la Comunitat Valenciana: el Club Náutico de Jávea, con 7,4 años de antelación; Marina Nou Fontana, con 2,7; el Club Náutico de Oliva —el mínimo histórico documentado—, con 15 meses. La media ronda los tres años.

    Guardamar pidió con veintisiete días: el 2,5 % de la antelación normal.

    Y no acaba ahí. La autorización temporal no se pidió hasta el 28 de julio, dos días antes del vencimiento, y la petición de urgencia hasta el 18 de agosto, con el puerto llevando ya tres semanas sin título. Todo ello pudo pedirse el mismo 3 de julio.

    Sus Estatutos obligan al Consejo a reunirse «como mínimo una vez cada tres meses» (art. 17.1) y a administrar «de una manera constante» (art. 19.2).

    Nadie ha dado explicación de esto, ni en los plenos ni en el Consejo de Administración. Por eso cabe preguntarlo públicamente: ¿por qué se solicitó la prórroga tan tarde?


    5. La cifra que lo resume todo: 2,70 € frente a 4,82 €

    Nos venían cobrando 2,70 € por metro cuadrado y mes, y con esa tarifa la sociedad cerró con beneficios 2023, 2024 y 2025. Ahora pretenden 4,82 €: un 78,5 % más. Y no lo decimos nosotros: sale de las auditorías que encargó la propia Intervención del Ayuntamiento.

    El detalle. El 1 de octubre de 2026, por Decreto de Alcaldía, el Ayuntamiento nos entregó los informes de control financiero de Marina de las Dunas de los ejercicios 2023 y 2024. No son informes de parte: son el control que el socio único —el propio Ayuntamiento— hace sobre su sociedad, encargado por su Intervención a un auditor externo. MADUSA alegó contra ellos y el auditor mantuvo íntegro su texto.

    El informe reproduce una muestra de facturas de cuota de amarre verificadas una a una. Al convertirlas a euros por metro cuadrado y mes, siete amarres distintos —de 7 a 10 metros de eslora, de 17,5 a 40 m²— dan exactamente el mismo precio unitario:

    €/m² al mes
    Cuota de amarre real, 1.er trimestre de 2024 2,60
    Cuota de amarre real, 2.º a 4.º trimestre de 2024 2,70
    Tarifa del periodo transitorio, según su propia memoria 4,82
    +78,5 %

    El salto entre el primer y el segundo trimestre coincide exactamente con la actualización por IPC que su Consejo acordó el 7 de marzo de 2024. No hay que suponerlo: se ve en las facturas.

    Lo esencial es esto: con 2,70 € la sociedad cubría sus costes y además cerró con beneficios los ejercicios 2023, 2024 y 2025. Están en sus propias cuentas anuales. No estamos ante un servicio deficitario que haya que rescatar: estamos ante una subida del 78,5 % sobre una tarifa que ya era rentable.

    Y la memoria con la que justifican el 4,82 incorpora dos cosas que no deberían estar. La primera, un margen del 4,0 % que el propio documento reconoce, en su página 11, como «margen único»: en sus comunicados dicen cobrar «a coste»; en la memoria que presentan a la Generalitat, incluyen beneficio. La segunda, la amortización de unas obras ya amortizadas que, extinguida la concesión, han revertido a la Administración. Ni queda por amortizar, ni el bien es ya suyo. Y eso tampoco lo decimos nosotros: es la conclusión del auditor de la Intervención, sostenida tras oír a la sociedad.


    6. No existe ningún acuerdo entre esta Asociación y Marina de las Dunas

    Desde el puerto se ha dicho, de palabra, que la Asociación ha llegado a un acuerdo sobre las tarifas y que por tanto hay que pagar. Es falso. No hay acuerdo, ni negociación cerrada, ni tregua. Si alguien se lo dice, pídaselo por escrito.

    El detalle. Nos consta que, al reclamar las cuotas, desde el puerto se ha dicho que «ya hay un acuerdo» con la Asociación sobre las tarifas y que se debe empezar a pagar.

    Lo decimos con toda claridad: esta Asociación no ha suscrito acuerdo alguno con Marina de las Dunas sobre las tarifas, sobre su cobro ni sobre ninguna otra cuestión. No existe tal acuerdo, no se ha negociado y nadie está autorizado a invocarlo en nuestro nombre. La posición de la Asociación es la que se expone en este comunicado y la que consta en los escritos presentados ante la Dirección General de Puertos, el Ayuntamiento y el Consell de Transparència.

    Si a usted le dicen que existe ese acuerdo, pida que se lo entreguen por escrito y comuníquenoslo. Un acuerdo que solo existe de palabra, y solo cuando se reclama una cuota, no es un acuerdo.


    7. Hemos llevado estas cuentas a la Dirección General de Puertos

    Ya hemos trasladado nuestro análisis económico a quien tiene que decidir. Aun así, la Administración podría acabar autorizándoles sus tarifas, que consideramos ilegítimas y contrarias a la normativa. Si ocurre, lo recurriremos por todas las vías disponibles.

    El detalle. Esta Asociación ha analizado las cuentas anuales de Marina de las Dunas y ha trasladado a la Dirección General de Costas, Puertos y Aeropuertos las tarifas que, a nuestro juicio, resultarían de aplicar su propio método con los datos correctos. Son sensiblemente inferiores a las que se pretenden cobrar.

    Conviene ser claros, porque preferimos decirlo antes y no después: puede ocurrir que la Administración autorice las tarifas que la sociedad ha presentado, que por ahora son las únicas que hay sobre la mesa. Si eso sucede, no será el final de nada. Se alegará y se recurrirá en todas las instancias y por todos los cauces disponibles, en vía administrativa y donde proceda después.

    Con la información que hoy tenemos —y buena parte de ella viene de los propios auditores del Ayuntamiento— estamos convencidos de que las tarifas acabarán ajustándose a lo que la normativa permite. No es una cuestión de opinión ni de negociación: es una cuestión de números, y los números ya no los ponemos nosotros.

    Conviene además saber qué dicen sus Estatutos sobre el margen que se nos cobra. El artículo 30 establece que los beneficios, «una vez cubiertos los gastos, el fondo de reserva y las necesidades del servicio, podrán destinarse a otros servicios u obras municipales». Es decir: ese margen «por si acaso» puede acabar financiando otras obras del Ayuntamiento, pagado por los usuarios de un puerto que no puede garantizar el calado de su propio canal.


    8. La continuidad obliga a gestionar; no habilita a cobrar

    De la obligación de no abandonar el puerto no se deduce la facultad de cobrar. Son dos cosas distintas, y ellos solo justifican la primera.

    El detalle. El argumento central de su nota es el «principio de continuidad», del que deducen «la obligación y la facultad» de seguir explotando.

    La continuidad de un servicio esencial impone un deber: no abandonar la instalación. De ahí se sigue que tienen que seguir gestionando. No se sigue que puedan cobrar. Ocupar el dominio público exige un título, y es ese título el que debe fijar «las tarifas o los precios máximos que deban percibirse de los usuarios».

    Y no es que el título «no conste»: es que el propio Ayuntamiento lo ha admitido por escrito. En oficio de 1 de septiembre de 2026, expediente 5892/2026:

    «A fecha de este oficio, no existe resolución formal ni título acreditativo definitivo dictado por la Conselleria competente.»

    El mismo oficio dice otras dos cosas que conviene leer despacio. La primera: el 18 de agosto el Ayuntamiento pidió a la Dirección General que dictara con urgencia resolución expresa «o, subsidiariamente, acto declarativo de habilitación provisional». Traducido: sabían que estaban explotando el puerto sin título y pedían que les habilitaran de la manera que fuese. Mientras tanto, a los usuarios se les giraban liquidaciones como si nada ocurriera.

    La segunda: preguntado por el número de amarres de base, el oficio responde que es de cero (0), «al haber expirado la concesión y no existir dicha condición jurídica en el actual periodo transitorio». Ahí está escrita la tabla rasa: de un día para otro, los derechos que cientos de personas pagaron dejan de existir a efectos administrativos.

    Y hay un principio elemental: nadie puede beneficiarse de su propia torpeza. El artículo 7 del Código Civil lo dice con otras palabras: los derechos se ejercitan «conforme a las exigencias de la buena fe» y la Ley «no ampara el abuso del derecho». La situación de excepción que invocan la han creado ellos.

    Seguir cobrando sin título es seguir explotando sin título. Y para eso la ley prevé el desahucio

    Y la ley tiene prevista esta situación. El artículo 85 bis de la Ley 2/2014 dispone que ocupar y explotar el dominio público portuario «sin la correspondiente concesión o autorización» obliga al pago de la tasa «incrementada en un veinte por ciento», «debiendo iniciarse el correspondiente procedimiento sancionador y de desahucio». No es una consecuencia que hayamos inventado nosotros: está en la ley desde 2016. Y la pregunta de si se está en ese supuesto se responde con un solo documento: el título. Precisamente el que llevamos pidiendo desde agosto y el que se niegan a mostrar.


    9. Continuidad «en las mismas condiciones», pero solo para algunos

    Tres días antes de declarar extinguidos nuestros derechos, comunicaron a la Generalitat que a una empresa del puerto se le prorrogaba su contrato en las mismas condiciones.

    El detalle. En el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana núm. 10423, de 6 de agosto de 2026, entre los antecedentes de la resolución que autoriza la reforma de la planta de acuicultura instalada en terrenos del puerto, se lee:

    «Vista la comunicación oficial del puerto deportivo Marina de las Dunas, de fecha 25 de mayo de 2026, sobre una prórroga del contrato de ocupación en las mismas condiciones a Alevines de Guardamar, SL.»

    Retengan las fechas. El 25 de mayo, continuidad en las mismas condiciones para una empresa. El 28 de mayo, tres días después, su Consejo aprueba las tarifas del periodo transitorio dando por extinguido el derecho de uso preferente de los cesionarios.

    La misma sociedad. La misma semana. El mismo dominio público. La ley del embudo de toda la vida.


    10. «Si la Conselleria las baja, devolveremos el dinero»

    Es la frase más reveladora de su nota: admite que están cobrando a cuenta, sin saber si lo que cobran es lo debido.

    El detalle. Un ajuste posterior sobre cobros ya girados es un cobro retroactivo. Nuestra posición es más simple: mientras no se notifique a los usuarios una tarifa aprobada por quien debe aprobarla, con el acto que la aprueba y su desglose, lo que procede no es ajustar después, sino no cobrar ahora. Y lo cobrado desde el 31 de julio sin ese respaldo se cobró sin él, se apruebe lo que se apruebe más adelante.

    Dos preguntas que merecen respuesta pública: ¿por qué siguen cobrando? Y ¿cuándo van a devolver lo cobrado de más?


    11. Si cortan los suministros

    Anunciar un corte de agua o luz sin autorización previa de la Administración portuaria no es ejercer un derecho: es una vía de hecho.

    El detalle. La nota anuncia que pueden suspender el suministro y el uso de las instalaciones. No cita ni una sola norma que lo ampare, y es la tercera vez que lo anuncia sin hacerlo.

    La norma aplicable es el artículo 54.5 de la Ley 2/2014, que exige autorización previa de la Administración portuaria.

    Si esta Asociación tiene conocimiento de un solo caso de corte de suministro, actuará de inmediato por la vía que corresponda. No buscamos ese desenlace, pero el riesgo no lo hemos creado nosotros.


    12. Los trabajadores del puerto no tienen ninguna culpa de esto

    Si en las próximas semanas se garantiza el empleo de la plantilla, no habrá sido un gesto espontáneo de nadie: lo hemos pedido nosotros, por escrito.

    El detalle. Hay algo que en toda esta historia apenas se dice: los trabajadores del puerto son las principales víctimas de lo que está pasando. Marineros, administración y mantenimiento —dieciocho personas, según las propias cuentas de la sociedad— llevan desde el 31 de julio trabajando sin saber bajo qué título ni qué será de sus contratos.

    Esta Asociación ha pedido a la Dirección General que la subrogación de la plantilla sea condición expresa de cualquier título que se otorgue —autorización temporal, prórroga o nueva concesión—, con mantenimiento de sus condiciones, y que, si llega a haber concurso, el pliego incluya la relación de la plantilla y la obligación de subrogarla. Se lo trasladamos al Director General el 22 de septiembre, en el dossier que le entregamos en mano.


    13. Lo que pedimos, que es lo de siempre

    Cuatro documentos. Los llevamos pidiendo desde agosto y siguen sin entregarse.

    1. El título que ampara la explotación desde el 31 de julio de 2026.
    2. El acuerdo que aprobó las tarifas, con su fecha y el órgano que lo adoptó.
    3. El desglose de cada liquidación, concepto a concepto.
    4. El proyecto de dragado del canal que dicen haber presentado, y en qué estado está.

    Las reclamaciones ante el Consell Valencià de Transparència se acumulan semana tras semana. A una sola de esas peticiones contestaron, y lo hicieron exigiendo una tasa de 28,18 euros por entregar documentos electrónicos cuya puesta a disposición la ley declara gratuita.

    Presentamos escrito oponiéndonos. La tasa acabó anulada. Y no es interpretación nuestra: en la propia sede electrónica del Ayuntamiento, aquel oficio figura hoy con la anotación «TASA ANULADA POR NO CORRESPONDER».

    Es decir: se exigió el pago de algo que, según reconocen por escrito, no correspondía. Y se retiró cuando se reclamó. Conviene tenerlo presente cada vez que se dé por bueno un cobro sin preguntar en qué se funda.

    Mientras no se exhiban esos documentos, discutir si se paga o no se paga es prematuro: primero se acredita lo que se cobra, y por qué.


    Si todavía no forma parte de esta Asociación

    Este es el momento. Las reclamaciones son individuales —van a nombre de cada titular, con su documentación— aunque las canalicemos y asumamos el trabajo jurídico en común.


    Asociación de Cesionarios de Amarres Náuticos del Puerto de Guardamar del Segura NIF G-54588488 · Registro Autonómico de Asociaciones CV-01-049160-A · REGIA nº 2275 info@cesionariosguardamar.org

    Guardamar del Segura, 4 de octubre de 2026

  • Un puerto que llega a la reversión sin respuestas

    Asociación de Cesionarios de Amarres Náuticos del Puerto de Guardamar del Segura


    Durante la última década, el puerto deportivo Marina de las Dunas ha sido un caso singular. Cualquier aficionado que visite puertos comparables de la Comunitat lo percibe enseguida: donde otros han ampliado servicios y atraído empresas, aquí la oferta lleva años estancada. Los puertos, marinas y clubes náuticos compiten entre sí en los servicios que prestan y en las empresas que son capaces de atraer a sus instalaciones. Ese debía ser el objetivo de estos treinta años de explotación. Basta comparar la oferta de este puerto con la de sus vecinos para preguntarse si se alcanzó.

    Y conviene recordar quién ha sostenido esta instalación durante esas tres décadas: los cesionarios y usuarios de los amarres y las empresas instaladas, con sus cuotas y cánones.

    Durante años, la explicación que todos dábamos por buena era la falta de un plan sostenido a largo plazo. O eso pensábamos.

    Una solicitud presentada in extremis

    La concesión del puerto venció el 30 de julio de 2026. Se sabía desde 1996: treinta años de plazo, sin sorpresas. La vía legal para pedir la prórroga estaba disponible desde 2019.

    Según se explicó públicamente en la reunión informativa del 8 de julio en el Ayuntamiento, la solicitud de prórroga se presentó en los primeros días de julio de 2026: menos de un mes antes del vencimiento.

    Y no puede alegarse sorpresa con el calendario: en el Pleno de 7 de agosto de 2020 —seis años antes—, al tratar otro expediente del puerto, el propio Ayuntamiento declaró que la concesión «finaliza el 3 de julio del año 26». Fuera cual fuera el cómputo correcto, la conclusión es la misma: conocían la fecha con años de antelación, y apuraron el plazo hasta el filo de su propio calendario.

    Esta Asociación ha examinado los expedientes de prórroga y autorización publicados por la propia Generalitat en otros puertos. De ese examen resultan dos datos que cualquiera puede comprobar: pedir la prórroga no detiene el vencimiento, y la autorización temporal necesaria para operar tras el vencimiento no se resuelve en menos de dos meses — a menudo en más.

    Las consecuencias de ese calendario no las está pagando quien lo fijó: las estamos pagando todos.

    El limbo: todos en precario

    Tras la reversión, las instalaciones pasan a disposición de su nueva titular, la Generalitat Valenciana. En aquella misma reunión del 8 de julio se explicó a los asistentes que todos los usuarios pasaban a estar en precario — incluidos amarristas que residen en su embarcación desde hace años, a quienes se atribuye desde entonces la misma condición que a quien viniera de excursión un fin de semana. La imprevisión fue de quien pidió tarde; sus consecuencias están recayendo sobre terceros que no participaron en esa decisión ni pudieron evitarla.

    La autorización temporal no es un detalle menor: es el documento que habilitaría a la gestora a administrar el puerto y a cobrar tarifas en el periodo transitorio. Esta Asociación y numerosos asociados han pedido formalmente, por escrito y en varias ocasiones, que se exhiba ese título. La respuesta han sido formulaciones distintas en documentos distintos — hasta cuatro en una misma semana, que esta Asociación conserva — y, hasta hoy, ningún título. En el Pleno municipal del 7 de agosto, preguntado expresamente por el título jurídico, el concejal delegado respondió que este periodo se está siguiendo «con las directrices de consellería» y que, en resumen, «si no tuviéramos permiso, no estaríamos al frente de la explotación».

    Condicionar los servicios al pago

    Mientras tanto, la facturación no se ha detenido. Y en una comunicación escrita de la administración del puerto, recibida por un usuario y que esta Asociación conserva, se advierte que la facturación pendiente de pago «generará la suspensión de servicios portuarios, tales como accesos, varadero, agua, electricidad».

    Ningún precepto del reglamento de explotación del puerto contempla que un servicio pueda condicionarse al pago de un concepto distinto del propio servicio solicitado. Esta Asociación tampoco alcanza a ver cómo se concilia esa exigencia con la condición de «transeúnte» que se atribuye a los usuarios: al transeúnte se le cobra lo consumido, precisamente porque nada garantiza su estancia — bien podría partir mañana, sin necesidad de pagar un mes completo por adelantado.

    ¿Consta autorización de la Administración portuaria autonómica para suspender servicios por impago? ¿En virtud de qué previsión se condiciona un servicio al pago de otro? Son dos de las preguntas que esta Asociación ha puesto por escrito sobre la mesa de las administraciones competentes.

    El 6 de agosto, el DOGV

    En este contexto, el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana núm. 10423, de 6 de agosto de 2026, publicó la Resolución de la Dirección General de Pesca que autoriza el rediseño y reforma integral de la planta de preengorde instalada en terrenos del puerto, cofinanciada por el fondo europeo FEMPA. Entre sus antecedentes figura, textualmente:

    «Vista la comunicación oficial del puerto deportivo Marina de las Dunas, de fecha 25 de mayo de 2026, sobre una prórroga del contrato de ocupación en las mismas condiciones a Alevines de Guardamar, SL.»

    Es decir: dos meses antes de la reversión, la gestora del puerto comunicó a una empresa instalada en el recinto que su ocupación continuaba «en las mismas condiciones» — sobre unos terrenos que revertían a la Generalitat.

    El DOGV no publica el plazo de esa prórroga, y esta Asociación ya ha solicitado formalmente el contrato, al amparo de la ley de transparencia. Pero, mientras llega, el plazo puede acotarse con lo que el propio DOGV sí publica. La reforma autorizada está cofinanciada por el fondo europeo FEMPA, y las bases de esa cofinanciación (Orden 7/2024, artículo 25) obligan al beneficiario a mantener la inversión durante los cinco años siguientes al pago final de la ayuda — tres en determinados supuestos. La ayuda se abona una vez ejecutada y justificada la obra; de modo que, echando las cuentas más favorables posibles, esa ocupación tendría que sostenerse como mínimo hasta cerca de 2030 — y, con el plazo ordinario de cinco años, hacia 2032.

    Dicho de otro modo: para que la ayuda europea sea viable, la ocupación debe durar años más allá del 30 de julio de 2026 — la fecha en que se extinguió la concesión de la que dependía. Y sobre esta clase de ocupaciones, el artículo 27.1 de la Ley 5/2017, de la Generalitat, es literal: cuando la actividad afecte a terrenos de dominio público, la autorización «no podrá exceder del período de la concesión o autorización de su ocupación».

    En esas mismas semanas, el Consejo de Administración de la gestora aprobaba las tarifas transitorias que hoy se giran a los cesionarios, y a éstos se les comunicaba la extinción de sus derechos.

    ¿Sobre qué título se sostiene esa ocupación a partir del 30 de julio de 2026? ¿Qué órgano de la gestora adoptó la decisión de prorrogar el contrato «en las mismas condiciones»? Si fue su Consejo de Administración, ¿en qué sesión y en qué acta consta? Y si no lo fue, ¿quién la adoptó, y con qué poder?

    Esta Asociación ha solicitado formalmente, por la vía de transparencia y ante los registros correspondientes, esa comunicación, el contrato al que se refiere y el oficio municipal que la acompaña en el expediente. Los documentos lo dirán.

    Dos declaraciones en sede plenaria

    No es la primera vez que esa ocupación plantea preguntas. En el Pleno de 4 de diciembre de 2020, el propio Alcalde explicó que las piscifactorías «anteriormente venían y estaban operando en Guardamar de manera gratuita, sin aportar un solo céntimo a la instalación» y que «están empezando a pagar por el uso y disfrute del puerto». En el Pleno del 4 de agosto de 2023, preguntado ya expresamente por esta empresa, se respondió que paga un canon «desde que se instauró» en ese punto; y en aquella misma sesión se explicó que la licencia se obtuvo «tras una larga tramitación», reconociéndose que hubo años en los que la empresa no dispuso de licencia.

    Ambas intervenciones constan en sesiones plenarias públicas y grabadas. Esta Asociación no extrae de ellas ninguna conclusión: formula tres preguntas.

    Primera: ¿desde qué fecha exacta consta el pago de canon por esa ocupación, y por qué importe en cada ejercicio? Segunda: ¿en qué años careció la actividad de licencia, y bajo qué título ocupó en ese periodo el dominio público portuario? Tercera: ¿a cuánto asciende lo aportado por esa ocupación en el conjunto de la concesión — y a cuánto, en el mismo periodo, las cuotas con las que los cesionarios han sostenido el puerto?

    Dos concesiones, dos criterios

    El contraste tiene un precedente en el propio Ayuntamiento, y está en acta. En el Pleno de 7 de agosto de 2020, el reequilibrio económico de la concesión de la repostería de la lonja —en el puerto pesquero— no llegó a votarse: la Secretaría municipal advirtió que aquel contrato, vigente hasta 2027, excedía la concesión matriz del puerto, que acababa antes. El punto quedó sobre la mesa, y la compensación se resolvió después por una fórmula que no prolongaba el plazo.

    Mismo suelo. Misma concesión matriz. Mismo Ayuntamiento. En 2020, advertidos por su Secretaría, buscaron una fórmula que no fuera más allá del fin de la concesión. En 2026, su sociedad comunicó una prórroga de ocupación «en las mismas condiciones» sobre esa misma concesión que acababa. ¿Qué informe jurídico ampara la segunda decisión, y quién lo firma?

    Un proyecto que no se ha hecho público

    La prórroga solicitada —quince años, según se ha declarado públicamente— se apoya en un proyecto de inversiones en torno a cinco millones de euros, según se ha publicado. Sobre ese proyecto, esto es lo que consta: no ha pasado por el Pleno — ningún acuerdo plenario lo aprueba; la decisión de ir a la prórroga se adoptó, según explicó el propio equipo de gobierno, en el Consejo de Administración de la sociedad en octubre de 2023. No se ha publicado, ni se ha presentado a los usuarios que llevan treinta años sosteniendo el puerto. En febrero de 2025 se afirmó en pleno que estaba listo y que se presentaría «en un par de meses»: se presentó diecisiete meses después.

    La representación de los grupos políticos en el consejo de administración de una sociedad no sustituye la publicidad debida de un proyecto que compromete el dominio público durante quince años. Hoy, ese proyecto no lo ha aprobado el Pleno, no lo han visto los usuarios y no lo conoce el público. Y la única certeza escrita sobre ese futuro publicada en un diario oficial es la continuidad de una ocupación — «en las mismas condiciones».

    Lo que pedimos

    Los asociados han manifestado por escrito, una y otra vez, su voluntad de pagar cuanto legalmente corresponda. Lo que pedimos es lo que llevamos pidiendo desde el 17 de agosto ante tres administraciones: el título que ampara la gestión, las tarifas que resulten legalmente aplicables y el desglose de lo que se factura.

    Y pedimos algo más, que ya no es jurídico sino político: explicaciones públicas de por qué la solicitud de prórroga se presentó in extremis pudiendo haberse presentado años antes; y una cuantificación del daño económico que esa decisión está causando y causará — a la empresa pública, al Ayuntamiento que responde de ella como socio único, y al pueblo de Guardamar, propietario último de ambos.

    Treinta años de cuotas han sostenido este puerto. Sus cesionarios preguntan qué se ha decidido sobre su futuro, quién lo decidió y con qué título. No parece mucho pedir.


    Asociación de Cesionarios de Amarres Náuticos del Puerto de Guardamar del Segura CIF G-54588488 · Inscrita en el Registro Autonómico de Asociaciones de la Comunitat Valenciana, nº CV-01-049160-A info@cesionariosguardamar.org

    Guardamar del Segura, 26 de agosto de 2026